Privados o Colpensiones, el dilema de los cincuentones de cara a la jubilación (tomado de la republica Feb 2015)
Bogotá_
Si
usted es mujer y este año cumple 47 años o si es hombre y cumple 51, es
uno de los 566.319 colombianos que tendrá que tomar la decisión más
importante de su futuro: con qué modelo se va a pensionar. Ahora, a 10
años de cumplir la edad de jubilación, debe saber que tiene una última
oportunidad para mover sus pensiones de un fondo privado a Colpensiones,
o viceversa.
LR
se dio a la tarea de revisar tres panoramas de jubilación posibles.
Hombres y mujeres, que llegarán a las 1.300 semanas cotizadas y que
cumplirán la edad de jubilación. El caso uno gana $5.000.000; el caso
dos tiene un salario de $10.000.000; y el caso tres cuenta con un
ingreso mensual de $20.000.000. ¿A dónde deben llevar su dinero? ¿Bajo
qué sistema pensionarse?
Los resultados, basados en los análisis de asesores de Colpensiones y
de los fondos privados, determinaron que el primer sujeto debe irse al
régimen de prima media, el segundo debe quedarse en las AFP y el tercero
debe buscar una pensión por el lado estatal.
El sistema de Colpensiones es diferente al de régimen de ahorro
individual dado que para ser pensionado, con mínimo 65% del sueldo
promedio de los últimos diez años cotizados, se necesita demostrar el
requisito de semanas impuesto por la ley, teniendo en cuenta que el
incremento de dicho salario al año se rige con base en el IPC. Según
explicó Raúl Vargas, vicepresidente comercial de la entidad, en el
régimen de prima media no existe el concepto de rentabilidad, sino que
solo se miden los requisitos de tiempo y edad límite, razón por la que
si usted cumple las semanas pero no la edad, cada 50 periodos
adicionales se sumará 1,5% a la cotización, hasta un techo límite de
80%.
Fabián Hernández, experto en pensiones de la Universidad del Rosario,
dijo que los usuarios de Colpensiones tienen la posibilidad de liquidar
su pensión con base en un sueldo promedio durante todos los años
trabajados, si el salario obtenido de la última década es menor a la
base anual.
En esa medida, tras 1.300 semanas cotizadas, y un Ingreso Base de
Liquidación de $5.000.000, el valor aproximado de la pensión es de
$3.081.000, con una tasa segura de 60%. En cuanto a nuestro ejemplo con
el sueldo de $20.000.000, que equivaldría a 31 salarios mínimos,
Colpensiones le cotiza hasta 25 salarios, es decir $16.108.750, por lo
que, según los analistas, su porcentaje al recibir la pensión será más
alto y a su vez podría contratar con otra entidad un aporte voluntario.
Por otro lado, en el régimen de ahorro individual usted no tiene una
edad mínima para obtener la pensión, pero debe tener en cuenta ciertos
requisitos para garantizar el mantenimiento de su nivel de vida durante
su vejez. Entonces, teniendo en cuenta que se gana $10.000.000, su
pensión se calculará sobre el total del ahorro con sus rendimientos, sin
ningún tipo de descuento. Ahora bien, en caso de completar el capital,
puede acceder a la Garantía de Pensión Mínima acumulando 1.150 semanas y
una edad de 57 años o más en mujeres o 62 años o más en hombres.
Si durante el camino usted tuvo dificultades que no le permitieron
acumular el capital suficiente, podrá contar con la garantía de pensión
mínima cuando tenga por lo menos cotizadas las 1.150 semanas. No
obstante, para Mauricio Toro, presidente de Protección, la información
de los ingresos del afiliado no son suficientes, puesto que es
importante revisar el promedio de aportes que tuvo en su vida laboral.
“En Colombia los fondos han tenido un desarrollo muy importante, pues
han llegado a un crecimiento que hoy le representa algo muy cercano a
20% del PIB y se han constituido en algo muy importante en el desarrollo
del sector empresarial y del mercado de capitales”, explicó.
En los fondos privados, usted también encuentra los Multifondos
dentro de los que están: el Fondo de Mayor Riesgo, Moderado, Conservador
y de Retiro Programado. Hay que tener en cuenta que cuando el afiliado
no elija el tipo de fondo se asignará al Moderado, pero cuando el
afiliado decide en qué fondo quiere realizar sus aportes solo podrá
modificar su decisión cada seis meses.
Con las cartas sobre la mesa, usted debe tener en cuenta que estos
casos hipotéticos pueden variar de acuerdo con las proyecciones de su
salario y su historia laboral. La decisión está en sus manos.
Colpensiones ganó más de 60.000 pensionados entre 2012 y 2014
A raíz del desangre financiero del Seguro Social, el primero de octubre
de 2012 entró en operación Colpensiones, la cual pasó de tener 1.007.994
el mes de su debut, a 1.162.659 pensionados en diciembre de 2014.
Según cifras de la entidad, a la fecha se han resuelto más de un
millón de trámites, de los cuales 307.000 corresponden a la totalidad de
expedientes que el Instituto del Seguro Social en Liquidación no
resolvió. Cabe resaltar que de estos trámites, unos correspondían a
solicitudes de ciudadanos que llevaban entre 5 y 10 años a la espera de
una respuesta.
A corte de 2014, Colpensiones contaba con 6.059.127 afiliados, de los cuales 11.230 personas residen en el exterior.
Mauricio Olivera, presidente de la entidad, resaltó que estas
personas deben revisar su historia laboral cada mes, para constatar su
ahorro en los tiempos de trabajo, sus aportes y semanas para que al
momento de pedir la pensión no tengan ningún tipo de inconsistencia.
Los factores externos que le pegan a los dos sistemas
La relación entre el sistema pensional colombiano y el mercado laboral
es bastante estrecha, por lo que hay que tener en cuenta que solo los
empleados formales y algunos independientes aportan regularmente al
sistema. En este sentido, el Gobierno estima la actual cobertura del
sistema pensional en 1,6 millones de pensionados sobre 5,4 millones en
edad de pensión, lo que quiere decir que corresponde a una tasa de
cobertura de 30%.
Ahora bien, de acuerdo con información brindada por la Asociación
Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías
(Asofondos) la cobertura del sistema pensional es baja, en donde la
principal razón es la informalidad laboral y esto es algo que afecta a
los dos regímenes. De acuerdo con la entidad gremial, se espera que a
futuro el déficit se reduzca como porcentaje del PIB. En caso de que no
llegue a pensionarse en el Régimen de Prima Media se le devuelven los
aportes actualizados con la inflación.
10 preguntas clave sobre su pensión¿Hasta cuándo me puedo cambiar de un fondo de pensiones privado a Colpensiones y viceversa?
La ley en Colombia le permite a una persona que está cotizando pensión
hacer el cambio de un fondo privado a Colpensiones o viceversa, en
varios momentos de su vida laboral. La única restricción que tienen en
ese sentido es que el último cambio que realiza tiene que ser 10 años
antes de cumplir la edad de jubilación. Una vez entre en ese rango, no
puede volver a moverse entre los regímenes.
¿Al utilizar la opción de cambio en el fondo de pensión, tendré alguna sanción?
No existe ninguna sanción si el asalariado decide cambiarse de un fondo
privado a Colpensiones. En el régimen de ahorro individual tiene
diferentes empresas para escoger, pero en el régimen de prima media solo
se acoge a Colpensiones. El afiliado solo debe cumplir con los papeleos
de Ley, que incluyen hacer consultas con los asesores de los dos
regímenes para que tenga claridad en la decisión.
¿Cuánto tiempo tengo para pasarme de un fondo a otro, hay un mínimo de tiempo de permanencia estos?
Cuando un afiliado decide pasarse de un fondo privado a Colpensiones o
viceversa, y se arrepiente después de un tiempo, y su intención es
devolverse al que estaba antes, no lo puede hacer en menos de cinco
años, es decir, no puede trasladarse dos veces en ese mismo período de
tiempo. En este sentido, es importante que usted analice los diferentes
factores con el fin de tomar la mejor decisión para su futuro.
¿Es verdad que la pensión en los fondos privados es más baja que la que se tiene en Colpensiones?
En materia de ahorro pensional cada caso es particular. Por lo anterior,
es importante que cada trabajador busque la asesoría de expertos en la
materia. En los fondos los rendimientos para una cotización de salario
mínimo representan cerca de 72% del capital acumulado en la cuenta
individual. En Colpensiones la pensión es el resultado de 1.300 semanas y
su monto dependerá del promedio cotizado en los últimos 10 años.
¿En los fondos privados de pensiones tengo la certeza de que la pensión también es para toda la vida?
Cuando una persona se pensiona en un fondo de pensiones recibe el dinero
durante toda la vida, cuenta con diferentes formas de pensión y los
beneficiarios continuarán recibiendo por el tiempo que tengan derecho.
Hay que tener en cuenta que los afiliados a estos fondos deben dirigirse
a una aseguradora para que allí los asesores le calculen la pensión
vitalicia que tendrá durante los próximos años.
¿Qué hacer si lleva mucho tiempo sin cotizar sus semanas trabajadas en algún régimen?
Si debe empezar su carrera después de haberse ido a estudiar un tiempo
largo, o fue independiente y no cotizaba todas las semanas, y ve lejos
ese requisito para pensionar. Expertos aseguran que los fondos privados
serían la mejor opción dado que con ellos puede manejar aportes
programados y ayudar a que su capital aumente con base en la
rentabilidad del multifondo elegido.
¿Por qué es importante empezar a hacer los aportes para la pensión una vez comience a trabajar?
En ambos regímenes, el trabajador debe ahorrar para obtener una pensión
que le permita contar con una vejez segura y estable. Por ese motivo, si
escoge un fondo de pensiones privado podrá obtener rentabilidades con
base en lo ofrecido por la entidad, pero si escoge Colpensiones podrá
contar con que si cumple con los requisitos, podrá tener una base de su
sueldo entre 60% y 80%.
¿Cómo sé cuál de los dos regímenes me conviene más dependiendo de mi ingreso?
Usted debe tener en cuenta que a la hora de pensionarse no solo importa
tener la edad de jubilación estipulada por la ley y el requisito de las
1.300 semanas cotizadas sino que el valor de sus ingresos durante toda
la vida pueden ser un comodín o un karma. De acuerdo con los expertos,
entre más cerca esté su ingreso del salario mínimo o más cerca del tope
de cotización, la decisión es Colpensiones.
¿Le han hablado de un bono pensional, pero no tiene mucha claridad sobre qué es y para qué sirve?
Ante la eventualidad de una pensión por invalidez, vejez o muerte, el
bono pensional se convierte en una parte de capital para financiar la
pensión. Este se obtiene a partir de la solicitud del afiliado, y el
fondo reúne la historia para emitirlo. Este bono se hace efectivo para
el reconocimiento de una prestación, y el valor se ve reflejado en la
cuenta cuando exista un trámite por las causas mencionadas.
¿Puedo retirar mi pensión si aún estoy trabajando y estoy cotizando en el régimen de prima media?
A pesar de que un afiliado al régimen del Estado cumpla con los
requisitos de 1.300 semanas y la edad de 57 años en mujeres, y 62 en
hombres, no puede hacer los trámites para retirar su pensión, dado que
por ley la empresa para la que labora debe seguir cotizando con base en
su sueldo. En esa medida, por cada 50 semanas adicionales, la tasa de
liquidación gana 1,5% para el momento de retirarse.